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ASPECTOS LEGALES SOBRE
LAS DEFUNCIONES
DERECHOS DE LOS USUARIOS DE
SERVICIOS FUNERARIOS

- Dentro del amplio abanico de servicios que pueden ofrecerse, hay algunos cuya prestación resulta obligatoria, por ser imprescindibles para llegar al destino final del cadáver.

- Estas actuaciones obligatorias son básicamente:

  • OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO MÉDICO DE DEFUNCIÓN
  • INSCRIPCIÓN DE LA DEFUNCIÓN EN EL REGISTRO CIVIL.
  • OBTENCIÓN DE LA LICENCIA PARA DAR SEPULTURA.
  • EL SUMINISTRO DEL FÉRETRO.
  • PREPARACIÓN DEL CADAVER
  • CONDUCCIÓN O TRASLADO DEL CADAVER HASTA EL CEMENTERIO O CREMATORIO.
  • SU INHUMACIÓN O CREMACIÓN.

- Los familiares del difunto tienen derecho a contratar la empresa funeraria que más les convenga o interese con independencia de que tengan contratado, o no, un seguro de decesos.

- Todos los usuarios tienen derecho con carácter previo a contratar los servicios a exigir un presupuesto escrito de los mismos. El presupuesto dado tiene carácter vinculante para la empresa funeraria.

- Las empresas de servicios funerarios deben tener a disposición de todos los usuarios un listado con el precio de todos sus productos y servicios.

- Los usuarios tienen derecho a presentar cuantas reclamaciones y quejas consideren oportunas tanto ante las propias empresas funerarias como ante los organismos de protección de los consumidores.



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